Oaxaca de Juárez, Oax. En su Novena Sesión Ordinaria de 2020, celebrada vía videoconferencia, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (IAIPO), analizó y resolvió 16 recursos de revisión en contra de distintos sujetos obligados de la entidad y emitió una recomendación al Ayuntamiento de Santa Lucía del Camino.
De los recursos de revisión atendidos por el Consejo General del IAIPO, seis fueron sobreseídos, en dos se confirmó la respuesta emitida por los sujetos obligados y en ocho se modificó la respuesta de los sujetos obligados a la solicitud de información.
Al resolver el recurso de revisión R.R.A.I./0019/2020 en contra del Ayuntamiento de San Miguel Peras, el Consejo General del IAIPO determinó que este ayuntamiento debe proporcionar un listado de los integrantes del cabildo, ya que se trata de información obligatoria y no necesita estar de por medio una solicitud de información.
En el caso del recurso de revisión R.R.A.I./0592/2019/SICOM, el Pleno del IAIPO determinó que el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) debe realizar una declaratoria de incompetencia respecto del punto número 5 de la solicitud de información en la cual fundamente y motive que no le corresponde contar con la información solicitada, confirmada por su Comité de Transparencia.
Respecto a la resolución al recurso de revisión R.R.A.I./141/2019, el Consejo General del IAIPO ordenó al Ayuntamiento de San Pedro Huamelula proporcionar copia de todos los documentos que corroboren el procedimiento de contratación de las obras de ampliación de la red eléctrica en el barrio El Panteón y El Chamizal, así como la pavimentación en la calle del CBTA.
En el caso de los recursos de revisión R.R.A.I./147/2019, R.R.A.I./148/2019 y R.R.A.I./149/2019 (acumulados), presentados en contra de la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental (SCTG), el Consejo General del IAIPO ordenó a esta dependencia, proporcionar los números de expediente asignados a las denuncias presentadas contra la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno del Estado, el DIF Oaxaca y la Dirección General de Notarías y Archivo General de Notarías, por supuesta falta de cumplimiento a las obligaciones de transparencia del año 2017 y el estado procesal de las mismas. En cuanto a los nombres de los Servidores Públicos a que hace mención en su solicitud de información, el Sujeto Obligado deberá realizar una correcta clasificación de dicha información, mediante la aplicación adecuada de la prueba de daño, aprobada por su Comité de Transparencia.
Respecto al recurso de revisión R.R.A.I./0006/2020/SICOM, el IAIPO ordenó a la Corporación Oaxaqueña de Radio y Televisión (CORTV) proporcionar de forma digital los folios fiscales, RFC del receptor, RFC del emisor, siempre que éste sea una persona moral, de los comprobantes fiscales que amparen el ejercicio de 800 mil pesos como donativo de la partida 462 mencionada en la solicitud de información en cuestión.
En el caso de la resolución al recurso de revisión R.R.A.I./0083/2020/SICOM, el IAIPO ordenó al Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Oaxaca proporcionar de forma digital copia de todos los oficios firmados por el presidente, presidenta y encargada del despacho de la presidencia de este Tribunal en el año 2019.
Finalmente, en los recursos de revisión en contra del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (R.R.A.I./128/2019) y del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca (R.R.A.I./0030/2020/SICOM) fue confirmada la respuesta de estos sujetos obligados. Mientras que los recursos de revisión en contra de Ayuntamiento de Santa Cruz Amilpas (R.R.A.I./122/2019), Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (R.R.A.I./126/2019), Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (R.R.A.I./0526/2019/SICOM), Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (R.R.A.I./0614/2019/SICOM y R.R.A.I./0630/2019/SICOM) y de la Universidad del Istmo (R.R.A.I./0624/2019/SICOM) fueron sobreseídos.
IAIPO emite recomendación al Ayuntamiento de Santa Lucía del Camino
En la IX Sesión Ordinaria, el comisionado del IAIPO, Fernando Rodolfo Gómez Cuevas, consideró relevante la divulgación de manera proactiva de la información pública relacionada con la emergencia sanitaria que nos atañe en la actualidad, sin necesidad de mediar solicitud al respecto debido al carácter de interés público.
A propuesta del Comisionado Fernando Rodolfo Gómez Cuevas, el Consejo General del IAIPO emite una recomendación al H. Ayuntamiento Constitucional de Santa Lucía del Camino, catalogado con la calidad de Sujeto obligado, mismo que a la fecha cuenta con un total de 35 casos confirmados del virus Covid-19.
El Pleno del IAIPO recomendó al H. Ayuntamiento de Santa Lucía del Camino publicar de manera proactiva en los medios electrónicos de los que disponga, de manera enunciativa y no limitativa, los programas de prevención, protocolos, filtros sanitarios y acciones que esté implementando con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19); asimismo, deberá publicar la Información en datos abiertos del número de personas o establecimientos que han sido sancionados por incumplimiento de las medidas sanitarias impuestas, información desagregada por tipo de sanción, establecimiento, género y edad, según sea el caso.